El magistrado Manuel Antonio Merchán reconstruyó pormenores de la audiencia de mayo de 2017 en la que ejerció control posterior de interceptaciones en un proceso contra un aforado. A la luz de los protocolos vigentes, explicó que ordenó cancelar líneas con “actividad sin contexto” y no prorrogó otras por corresponder a comunicaciones abogado–cliente, ámbito protegido por el secreto profesional. Señaló que el Ministerio Público estuvo conforme y que el recurso intentado por una delegada no prosperó.
¿Por qué importa un trámite de hace años? Porque la controversia fue reactivada tras la reciente absolución de Uribe. Según Merchán, citar fragmentos de aquella audiencia fuera de su contexto pretende deslegitimar la decisión de segunda instancia, como si el ponente arrastrara sesgos o deudas previas. La réplica busca desactivar esa sugestión.
En lo técnico, “actividad sin contexto” se refiere a registros que, examinados en bloque, no guardan pertinencia con el objetivo de la interceptación ni aportan indicios racionales. Es un filtro de proporcionalidad: se escucha para encontrar algo; si no lo hay, se corta. Lo contrario crearía una red de pesca indiscriminada incompatible con derechos fundamentales.
El segundo eje fue el secreto profesional. Las comunicaciones abogado–cliente son un blindaje del debido proceso, no un refugio de impunidad. El juez puede impedir su interceptación salvo indicios concretos de uso del privilegio para encubrir delito. En 2017, ese estándar —explica Merchán— no se cumplía.
La réplica también se detiene en la carga probatoria. No es tarea del juez “probar” una inocencia; es de la acusación vencer la duda razonable. Cuando esta persiste, el sistema ordena absolver. La Sala Penal aplicó ese criterio al revisar interceptaciones, testimonios y cronologías: la hipótesis acusatoria no desplazó explicaciones alternativas plausibles.
Merchán admite la impopularidad de decidir contra climas de opinión. Pero recuerda que la justicia no es un plebiscito. Su función no es confirmar prejuicios, sino confrontarlos con evidencia bajo reglas conocidas.
En términos de transparencia, el magistrado aboga por publicar decisiones integrales, actas y anexos —respetando reservas— para que la ciudadanía pueda verificar por sí misma. Es un antídoto contra los recortes que circulan en redes y contra inferencias que suplantan hechos.
Las lecciones trascienden el caso. El control a interceptaciones es una herramienta poderosa y delicada. Requiere trazabilidad, cadena de custodia y motivación estricta. Sin eso, el sistema corre el riesgo de anular pruebas valiosas por vicios de origen o de validar registros intrusivos sin fundamento.
La discusión vuelve, inevitablemente, al periodismo judicial. Investigar no es sinónimo de filtrar, así como discrepar no equivale a desinformar. La réplica de Merchán no busca anular la crítica, sino pedir que se haga con método.
Reacciones o consecuencias
Colegios de abogados saludaron la precisión técnica del pronunciamiento y pidieron que la Rama Judicial emita guías ciudadanas sobre interceptaciones. En el frente mediático, defensores de la libertad de prensa recordaron que interrogar a los jueces es sano, pero demanda verificación documental. Actores políticos, por su parte, usaron la controversia para reforzar sus relatos opuestos sobre el caso Uribe.
Cierre
Una audiencia de 2017 no resuelve el presente, pero sí enseña cómo se decide: con reglas, estándares y límites. La respuesta de Merchán, más que un desahogo, es un manual en miniatura de debido proceso.

