Fallo protege ambiente del embalse Guatapé–Peñol

Guatapé deberá avanzar hacia un turismo menos ruidoso y más compatible con la conservación de su paisaje y su biodiversidad

La imagen de la Piedra del Peñol se hizo célebre en el mundo como un mirador natural sobre el embalse, rodeado de pequeñas islas y laderas verdes. En los últimos años, a ese paisaje visual se le sumó otro componente: el sonido permanente de helicópteros que despegaban y aterrizaban para ofrecer recorridos aéreos a los visitantes. El Consejo de Estado consideró que esa transformación del ambiente sonoro no era un simple detalle, sino una afectación directa al derecho colectivo a gozar de un entorno sano.

En su decisión, la alta corte destacó que la operación de los helipuertos turísticos generó un nivel de ruido y vibración capaz de alterar la vida diaria de las comunidades rurales y de impactar los ecosistemas que rodean el embalse El Peñol–Guatapé. Las aeronaves, que sobrevolaban de manera repetida el mismo corredor, interrumpían actividades campesinas, recreativas y de descanso, y añadían una carga acústica a un territorio promocionado precisamente como destino de desconexión.

El fallo se suma a una tendencia creciente en la justicia colombiana de reconocer que el ambiente sano incluye no solo la calidad del agua y del aire, sino también el paisaje y el entorno sonoro. En el caso de Guatapé, el Consejo de Estado articuló el argumento ambiental con la protección de la tranquilidad, la intimidad y la seguridad de la población, y concluyó que el esquema de helipuertos turísticos vigente era incompatible con esos derechos.

Para el municipio, el desafío será equilibrar su vocación turística con la conservación del entorno que lo hizo famoso. Las mismas vistas que se vendían desde la ventanilla de los helicópteros pueden seguir apreciándose desde los miradores de la roca, las lanchas del embalse, las caminatas por los cerros y las terrazas de hoteles y posadas, sin necesidad de añadir el ruido de rotores sobre las veredas. La decisión judicial, lejos de cerrar el turismo, invita a reimaginarlo.

Las empresas operadoras, por su parte, deberán valorar cómo adaptar su portafolio de servicios a un contexto más exigente en materia ambiental. Las experiencias aéreas podrían migrar hacia otras zonas que cumplan con estándares de ruido y distancias a áreas habitadas, o transformarse en otro tipo de oferta de aventura que no dependa de helicópteros. Lo cierto es que el precedente de Guatapé hará que cualquier iniciativa similar sea evaluada con mayor rigor por la justicia y por la opinión pública.

A nivel local, organizaciones ambientales y colectivos ciudadanos han visto en el fallo una oportunidad para fortalecer la educación ambiental y los programas de turismo de naturaleza. Recorridos interpretativos, actividades de observación de aves, navegación responsable por el embalse y recuperación de senderos tradicionales son algunas de las alternativas que ganan terreno en la conversación pública como complementos a la icónica escalera que sube por la roca.

El caso de la Piedra del Peñol encaja en un debate global sobre los límites del turismo de aventura en áreas de alto valor natural. Mientras algunos destinos apuestan por experiencias cada vez más intensas, otros empiezan a regular el acceso aéreo, las visitas masivas y el ruido para preservar sus paisajes. En Colombia, Guatapé se convierte ahora en ejemplo de cómo una comunidad, apoyada por la justicia, puede redefinir la forma en que se disfruta un lugar sin sacrificar su esencia ambiental.

La suspensión de los helipuertos turísticos en la Piedra del Peñol marca un antes y un después en la relación entre turismo y ambiente en Guatapé. El Consejo de Estado envía un mensaje claro: el paisaje natural y el ambiente sonoro del embalse son parte del patrimonio que debe protegerse. En nuestros contenidos encontrará más análisis sobre turismo sostenible, regulación ambiental y futuros proyectos en la zona de la Piedra del Peñol y el embalse Guatapé–Peñol.

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